El artículo 68. Por Carlos Luque Zayas Bazán

 

Allá por los años finales de la década del 60, José Lezama Lima publicó Paradiso. La trascendental novela del autor de  Tratados en la Habana, tuvo entonces sus lectores de tan sólo el capítulo octavo. Alguien cuenta que se corría de la Universidad a las librerías atraídos por las noticias de los corrillos sobre aquel capítulo. Una edición de esa fundamental novela puede llegar hasta más 600 páginas, pero aquellos 20 pliegos dedicados a las aventuras homoeróticas de Farraluque, alebrestaron el morbo, no sólo el psicológico, sino también el político de aquel momento. De entonces acá, desde aquella época en que no sólo en Cuba, sino en casi todas las culturas del orbe, la homosexualidad incluso era clasificada como una enfermedad y necesitada de curación como cualquier otra, han transcurrido muchas jornadas, con, metafóricamente hablando, sus días y sus noches, de evolución y rectificación.

Apenas una década después que Paradiso fuera visto pasar como un dirigible incomprendido y maldito, y la miopía de algún funcionario lo sacó de las librerías, durante jornadas similares a las de estos días cuando se fraguaba la Constitución del 76, una mente preclara, valiente y digna, la de Vilma Espín, pugnaba porque en nuestra ley de leyes no sólo se hiciera justicia ante los entuertos pasados, sino para que Cuba diera el paso trascendental de reconocer un vital derecho humano, en este mundo en el que hoy, a más de 40 años, todavía se apedrean o asesinan a los homosexuales. Y no sólo allá en algunas culturas lejanas, sino en algunas calles y plazas de nuestra vecindad latina, al sur de nuestro Río Bravo.

Pero, a no dudarlo, entre aquellas reacciones y las que en determinadas personas ha despertado el artículo 68 del Proyecto de Constitución actualmente en debate, al rechazar la propuesta de reconocer el matrimonio como unión legal entre dos personas, existen sus similitudes y correspondencias, quizás sólo ahora en el orden de los prejuicios a nivel individual, pues hace ya mucho tiempo que como política social, aquellos errores fueron reconocidos y erradicados.

Sin embargo, tal pareciera que el proyecto del 2018 tiene sus lectores del artículo 68. Compete a especialistas, sociólogos y psicólogos estudiar el tema y a otros seguir promoviendo medios de más efectiva educación sexual y ciudadana. Pero en un momento en que determinadas corrientes doctrinarias o intenciones políticas utilizan los prejuicios sociales que se manifiestan con respecto a este punto del Proyecto de Constitución para sus objetivos, creo que no debemos hacer silencio. Todo el que apoye la aprobación de ese tema y tenga medios para darlo a conocer, debiera hacerlo. No es sólo una cuestión de humanismo. Es un punto que engrandece y enaltece a una sociedad y que dignifica al ser humano.

El límite de la libertad personal queda trazado por el derecho ajeno. La sociedad, como ente electivo, tiene el derecho de escoger por decisión mayoritaria su sistema político, en cuanto esa elección afecta y compete al común. La propiedad privada, por ejemplo, incide en todos, pero sólo mediante complejas y múltiples mediaciones de causa y efecto, mas sus consecuencias no deciden directamente eventos de la vida espiritual e íntima de las personas, sino por medio de aquellas muy mediatas influencias. Pero la sociedad no debiera tener el derecho a votar sobre un aspecto de la vida más íntima de las personas, de tan delicadas consecuencias, que puedan gravitar decisivamente en la desgracia o la felicidad, tanto para decidir  la vida venturosa como en la muerte espiritual en vida, del ser humano.

 

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3 Responses to El artículo 68. Por Carlos Luque Zayas Bazán

  1. luquecasiopea says:

    Pido disculpa a los eventuales lectores por ser el primero en meter la cuchareta. Pero necesitaba aclarar un guiño que le hago en el texto a una, para mí, célebre anécdota, cuando menciono el dirigible. Se trata de este sabroso y muy cubano testimonio, donde “ella” es la novela de Lezama:

    (1) “Reynaldo González recuerda que un librero se acercó a una reunión de la UNEAC para preguntar qué debía hacer con ella, si venderla o no. Para su desgracia, en la reunión se encontraba Lezama. Entonces éste le preguntó: “¿recuerda los zeppelines?”. Después del asombro ante semejante salida, el librero le confesó que los recordaba. Entonces Lezama le preguntó qué hacía cuando pasaba un zeppelín. Su interlocutor le contestó: “Nada. Lo veía pasar”. El escritor cerró el debate: “Pues haga lo mismo con el Paradiso: véalo pasar”.
    En: http://www.cajaderesonancia.com/index.php?mod=archivo-materiales&view=detalle&id=179

     
  2. Tocororo says:

    No sabía que habías tenido esas correrías Carlos de farraluque, es broma sana Carlos.!!.

    Me gusta mucho como enfocas el tema y sobre todo tus últimos fragmentos: “Pero la sociedad no debiera tener el derecho a votar sobre un aspecto de la vida más íntima de las personas, de tan delicadas consecuencias, que puedan gravitar decisivamente en la desgracia o la felicidad, tanto para decidir la vida venturosa como en la muerte espiritual en vida, del ser humano”.

    En mi opinión legislar, poner normas o regular el comportamiento íntimo de los sentimientos me parece simplemente una barbaridad, eso ya se ha estado haciendo durante siglos, y para no ir tan lejos en el siglo pasado y en este siglo que lleva camino de su ¼. Alguien puede formatear los sentimientos de una pareja digamos heterosexual?, que mi vecinita que está enamorada del edificio 18, por ejemplo?, bueno se pueden oír que, – mija anda con cuidado que es algo descarado ese noviecito y tu eres una vejiga todavía y no se puede andar toda alborotá, que todavía tenias que meterte debajo de la cama, no me hagas que tenga que atarte a la pata la mesa que he tenido que sudar mucho pa’ darte tamaño mija.. pero la jevita está bonita como loco y ni caso que hace…
    Pero qué pasaría si fuera el hermano de mi vecinita con el vecino del edificio 18? La cosa se complicó, compay, y eso hay que legislar en la ley…

    Los sentimientos y nuestra vida intima no se pueden legislar, ni tanto brete… ay dio…suélteme y dale…

     
  3. Liborio cubano says:

    En mi modesta opinión, el artículo 68 se ha convertido en una cortina de humo que impide a muchos dirigir sus miradas a aspectos más importantes de la constitución que se propone.
    Coincido con los criterios del autor. La ley no debe regular los sentimientos humanos, la persona debe ser libre de unirse en matrimonio y fundar una familia con quien desee, si ama y es amado es suficiente para la Ley y la sociedad. Demasiados matrimonios heterosexuales mal llevados, violentos (de ambas partes) y disfuncionales hay por ahí y los hipócritas se preguntan por el “normal desarrollo” de un niño o niña que crezca en una familia de parejas homosexuales. Tal vez ese niño o niña crezca en un ambiente más funcional y sano.
    Otros invocan a la Biblia, la Iglesia y la Religión para desacreditar el matrimonio entre personas de igual sexo, pero olvidan que otros países más católicos o cristianos que el nuestro ya tienen aprobadas leyes que permiten el matrimonio gay.
    Las miradas deben dirigirse hacia los cambios en el sistema de Estado, pasamos de república parlamentaria a república presidencialista. La forma de elección del Presidente de la República y el Primer Ministro. La elección de los gobernadores, que no debe ser por designación sino por mandato popular.
    Los derechos de las personas, la nueva constitución permite presentar el recurso de Habbeas Corpus ante una detención ilegal, pero no determina el derecho de la persona a contar con un abogado desde el mismo momento que es detenida y no cuando el fiscal y el instructor terminen el expediente acusatorio, ¿no se violan los derechos de la persona? ¿quién lo garantiza, el acusador que está interesado en terminar el proceso?
    Hay otros temas mucho más interesantes y que deben ocupar espacio en la opinión de los cubanos, mas allá de que dos personas del mismo sexo que se amen y deseen iniciar una vida juntos, puedan formalizar un matrimonio, con apego a la ley y no ocultos como criminales.

     

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